Multas por cobros indebidos en colegios particulares
Multarán hasta con S/ 360 mil por cobros indebidos durante matrícula en colegios particulares. Sanciones que van desde una amonestación hasta multas ascendentes a 360 mil nuevos soles (100 UIT) se aplicarán a los colegios privados que atenten contra la Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones y matrícula escolar, informó hoy el Ministerio de Educación.
El viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez, indicó que las autoridades de los colegios particulares de todo el país están en la obligación de informar a los padres de familia, en forma escrita, veraz, suficiente y apropiada, todo sobre el costo de las matrículas y el pago de pensiones, entre otros datos.
Señaló que la mencionada norma establece que “para el cobro de las pensiones, los centros y programas educativos privados están impedidos del uso de fórmulas intimidatorias que afecten el normal desenvolvimiento del desarrollo educativo y de la personalidad de los alumnos.
La Ley, en su artículo 14, señala que "antes de cada matricula, los centros y programas educativos privados están obligados a brindar información relacionada al monto, número y oportunidad de pago de las pensiones, así como los posibles aumentos, agregó el viceministro.
, pudiendo establecerse por concepto de matricula un monto que no podrá exceder al importe de una pensión mensual de estudios.
Es decir, remarcó el viceministro, los colegios privados no deben cobrar junto con la matrícula la pensión de enseñanza, tampoco condicionar la matrícula a la contratación de un seguro contra accidentes o de otro tipo, ni exigir pagos extraordinarios de ninguna naturaleza. el monto por concepto de matricula no podrá exceder al importe de una pensión mensual de estudios.
Los padres de familia tampoco podrán ser obligados a efectuar el pago de una o más pensiones mensuales adelantadas, a presentar el total de útiles escolares al inicio del año escolar; ni adquirir uniformes y/o materiales o útiles educativos en establecimientos señalados con exclusividad por los centros educativos.
Fuente: Andina
entiendo al final que sobre los coleguios particulares no esta prohibida la matricula...y sobre el apafa esta incluido en la matricula o es un pago a parte.... gracias
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