Incorporación de docentes a la Ley de Carrera Pública Magisterial

El ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo, recordó hoy que sólo existen dos formas para pertenecer a la Ley de Carrera Pública Magisterial (CPM): por nombramiento e incorporación, y que ambas exigen concurso público nacional que su despacho está obligado, por ley nacional, a convocar.

Incorporación a la Carrera Pública Magisterial

a partir del hoy lunes 10 se inician, en todas las agencias del Banco de la Nación del país en su horario de atención al público, las inscripciones de postulantes al proceso de incorporación de 25 mil docentes al II, III, IV y V nivel la CPM.

También pueden postular los directores o aquellos profesores que se encuentran desempeñando cargos jerárquicos, los especialistas en educación, así como los profesores de carrera nombrados en áreas administrativas de las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y UGEL.

Asimismo, los coordinadores de programas de Atención No escolarizada de Educación Inicial (PRONOEI, CRAEI y SET), los coordinadores de programas para prácticas de crianza, de Educación Especial, y los coordinadores de OBE.

La inscripción de postulantes es personal y los interesados deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), así como un formulario que podrán bajar de la página web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), donde consignarán los siguientes datos: el nivel magisterial en el que se encuentra actualmente, el nivel al que postula, su condición de destacado o designado y su correo electrónico y un teléfono de referencia.

El programa de Incorporación de Docentes a la CPM tiene dos etapas: La primera consta de una prueba nacional clasificatoria, que la aplica el Ministerio de Educación en todas las regiones del país, y en la segunda se hace una evaluación específica del expediente (formación, reconocimiento de Méritos, desempeño y experiencia profesional) y la Prueba de Idoneidad.

Fuente: Ministerio de Educación

Comentarios

  1. En esta segunda convocatoria "dicen " que "excepcionalmente los profesores que no pudieron alcanzar la nota mínima en la segunda fase de la primera incorporación están excluídos de la evaluación clasificatoria de este segundo proceso", pero deben reconcoer que se equivocaron al haber excluido con un oficio en la primera convocatoria del exámen de idoneidad .
    Hacen parecer que en este segundo proceso como que hacen un "favor", cuando fue un derecho desde el inicio participar hasta el final; no saben cómo han perjudicado a los profesores que apostaron desde un principio por este cambio.
    Debieran indeminizar a todos los casi 380 que vieron frustadas sus espectativas desde octubre del año 2009.
    Aunque reza el dicho más vale tarde que nunca.
    Espero que casos como estos nose vuelvan a repetir ya que desdice del profesionalismo de los que implementaron la carrera pública y trabajan en el ministerio

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  2. En mi caso aprobé la prueba clasificatoria pero por motivos de salud no puede presentarme a la II fase. Tengo que volver a postular o es como dicen hay un record acumulatorio de notas y debo prsentarme a la II fase. Espero que alguien aclare mis dudas.

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  3. salio la relacion de profesores exonerados de la primera fase y en estos momentos no figuran todos los nombres y es mi preocupación porque no figura mi nombre que hago

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