Días no laborables compensables del 2013
La Presidencia del Consejo de Ministros por Decreto Supremo estableció los días no laborables compensables para los trabajadores del sector público durante el año 2013.
El Gobierno adoptó esta medida, entre otras cosas, para promover el desarrollo de la actividad turística, programado para las siguientes fechas: lunes 11 y martes 12 de febrero, el jueves 27 y viernes 28 de junio, el martes 30 de julio, el jueves 29 de agosto, el lunes 7 de octubre y el lunes 30 y martes 31 de diciembre.
De acuerdo al Decreto Supremo, las horas dejadas de trabajar en los días no laborables serán compensados en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en la norma previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
Fuente: Andina
Comentarios
Publicar un comentario
Hola! Gracias por dejar tu comentario!
(Aesegúrate por favor que tu comentario haya sido enviado correctamente. Tienes que ver un mensaje que dice "Tu mensaje será visible tras aprobación", sino, vuelve a enviarlo. Gracias)